Da Corte espaldarazo a militares
Los militares dados de baja después de cometer un delito deben seguir bajo juicio ante tribunales castrenses, resolvió la Suprema Corte de Justicia, en una sentencia en la que rechazó que el llamado fuero de guerra sea un privilegio para los miembros de las Fuerzas Armadas. —La Primera Sala de la Corte aclaró ayer una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de circuito, uno de los cuales había considerado que al causar baja el soldado acusado, los juzgados adscritos al Supremo Tribunal Militar (STM) dejan de tener competencia sobre él y el caso debe pasar a la justicia civil. —Los ministros, sin embargo, rechazaron por unanimidad esta interpretación y establecieron jurisprudencia que será aplicable a todos los casos futuros.
“La jurisdicción militar constituye una excepción a la prohibición de tribunales o fueros privativos, que no se basa en consideraciones especiales a la persona militar ni a su jerarquía, sino que obedece a razones de orden público y de especial disciplina, que tienden a garantizar la paz y la seguridad nacional y que exigen una rápida y oportuna intervención de quien tiene mayor conocimiento y capacidad para juzgar a las personas regidas por la ley militar”, dice la sentencia.
“La jurisdicción militar no es una prerrogativa constituida en favor de los miembros de las Fuerzas Armadas”, agrega el fallo del ministro Arturo Zaldívar.
Fuente: La Verdad
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